Ante la entrada en vigor del decreto ley de medidas urgentes sobre registro horario de la jornada laboral, desde Zima Consulting queremos recordar sobre la obligatoriedad de dicha norma por parte de todas las empresas y para todos los empleados (excepto algunos colectivos según se indica en la presentación adjunta).

Pero más allá de la sanción… queremos destacar que las organizaciones no deben olvidar que la reputación de una compañía puede quedar en entredicho por incumplir normas laborales. Imaginemos por ejemplo, si salta a las redes sociales que una determinada empresa se niega a implantar el sistema de control horario. A partir de ese momento se podrán generar (fundadas o no) dudas sobre su transparencia, cumplimiento y garantías para conciliar la vida personal y profesional de sus empleados.

¿Cómo contabilizar ese tiempo destinado a charlar con un compañero tomando café y sentado en una butaca de la oficina. Esa partida de ping-pong, batalla de nerf o paseo por redes sociales mientras comento en voz alta alguna curiosidad. Por no hablar de todas esas gestiones personales, que tranquilamente y según conviene, realizo desde mi puesto de trabajo y que cuando mi jefa pasa por mi lado, únicamente menciona que ella acababa de aprobar su borrador de la declaración.

Sin duda, es momento de gestionar una nueva regulación que en cierta manera, representa un reto para esa flexibilidad organizativa y conciliadora que tanto ha costado poner en marcha en las organizaciones más innovadoras.

Os invitamos a leer nuestra presentación Control Horario: Cumplimiento y Reputación , para conocer más detalles sobre el nuevo Real Decreto Ley 8/2019 y la nueva interpretación del art. 34 del Estatuto de los Trabajadores, 

Saludos cordiales,

El equipo de Zima Consulting